Ciudadanía Alemana
Adquisición por descendencia

La mayoría de los alemanes obtienen la ciudadanía por nacimiento, heredándola de padres alemanes. ¿Pero esta regla se aplica a usted? ¡Analicemos!

1. Salto Generacional: ¡Imposible! No puedes haber recibido tu nacionalidad directamente de tus abuelos. Pero si tus padres lo heredaron y te lo transmitieron, ¡entonces eres alemán!

2. ¿Estaban casados ​​tus padres?

• Entre el 01/01/1914 y el 31/12/1963:

Padre alemán: ¡Eres alemán de nacimiento! Madre alemana: No tienes ciudadanía alemana, pero puedes haberla obtenido mediante declaración hasta 1978. En caso contrario, a partir del 20/08/2021 puedes declarar tu intención de adquirir la ciudadanía alemana.

• Entre el 01/01/1964 y el 31/12 /1974:

Padre alemán: ¡Eres alemán de nacimiento! Madre alemana: Sólo eres alemán si no tienes otra nacionalidad, de lo contrario serías apátrida. Si tuvieras otra nacionalidad y tu madre fuera alemana, podrías haber adquirido la ciudadanía alemana mediante declaración hasta el 31/07/1977. Si no lo ha hecho, a partir del 20/08/2021 puede declarar su intención de adquirir la ciudadanía alemana.

• Entre el 01/01/1975 y el 31/12/1999:

Padre alemán: ¡Eres alemán de nacimiento! n• A partir del 01/01/2000:

Padre alemán: ¡Eres alemán de nacimiento! Notas importantes:

¿Nació en el extranjero de padres alemanes nacidos en el extranjero después del 31/12/1999? No eres automáticamente alemán. La ciudadanía solo es suya si su nacimiento se registra en Alemania dentro de un año.

Para obtener más información y detalles específicos sobre su caso, consulte el sitio web del Ministerio Federal de Asuntos Exteriores de Alemania. Recuerde: este análisis proporciona una descripción general. Cada caso es único y puede tener matices. Explore información oficial y busque orientación experta para garantizar sus derechos a la ciudadanía alemana.

Cidadania Alemã

Entre el 1 de enero de 1914 y el 30 de junio de 1998, existió una oportunidad especial para los hijos nacidos de padres solteros.

Si sus padres se casaban posteriormente, el niño podía adquirir la nacionalidad alemana, aunque no fuera automáticamente alemán por nacimiento. Esta regla permitió que muchas familias se unieran bajo la misma ciudadanía, proporcionando un paso importante en la integración y el reconocimiento legal.

Es importante tener en cuenta que esta regla solo se aplicó a un período específico y ya no está en vigor. Para obtener información sobre cómo adquirir hoy la nacionalidad alemana, consulte el sitio web del Ministerio Federal de Asuntos Exteriores de Alemania.

Cidadania Alemã
Adquisición por nacimiento en Alemania

Desde el 1 de enero de 2000, el principio del "ius soli" ("derecho del suelo") permite a los hijos de padres extranjeros nacidos en Alemania adquirir también la nacionalidad alemana. Para ello se deben cumplir algunos requisitos:

1. Residencia legal de los padres:

Al menos uno de los padres debe haber residido legalmente habitualmente en Alemania durante al menos ocho años en el momento del nacimiento del niño. Si el niño nació después del 28 de agosto de 2007, uno de los padres también debe tener un permiso de residencia indefinido.

2. Reconocimiento de paternidad:

Si los requisitos aplican sólo al padre, la paternidad legal debe ser reconocida antes de que el hijo cumpla 23 años. La paternidad biológica por sí sola no es suficiente.

3. Fecha de nacimiento:

Esta regla no se aplica a los niños nacidos antes del 1 de enero de 2000. Los niños menores de diez años el 1 de enero de 2000 tuvieron la oportunidad de solicitar la naturalización por un año si se cumplían las condiciones anteriores. Notas importantes:

La nacionalidad alemana no se concede automáticamente. Es necesario solicitar la naturalización. Para obtener más información y detalles específicos sobre su caso, consulte el sitio web del Ministerio Federal de Asuntos Exteriores de Alemania. Ejemplo:

Una pareja brasileña reside legalmente en Alemania desde hace diez años. Su hijo nació en Frankfurt en 2005. El niño puede adquirir la nacionalidad alemana por nacimiento, ya que ambos padres cumplen los requisitos legales de residencia.